Efectos fiscales de las Criptomonedas

Aunque suenan a un tema muy actual, las criptomonedas han existido desde hace más de una década y a pesar de que la legislación aun no es muy clara respecto a ellas esto no nos exime que como contribuyentes no tengamos que pagar impuestos por estas.


¿Qué son las criptomonedas?

Son activos digitales que no existen de forma física, pero sirven como moneda de intercambio permitiendo transacciones instantáneas a través de internet sin importar las fronteras. Están cifradas para garantizar su titularidad y asegurar las transacciones.

No están reguladas por ningún banco ni institución, para guardarlas es necesario usar un monedero digital para almacenarlas. Su valor depende directamente de la oferta y la demanda y una vez realizada la operación no es posible cancelarla.

Legislación

Las Autoridades solo lo toman como un medio de pago, lo que se queda chico ante el gran escenario que son las criptomonedas.

Actualmente dentro de la legislación fiscal, específicamente aquella que grava el ingreso no existe un capítulo específico que hable acerca de las actividades o algo relacionado con las criptomonedas.

En 2018 se publicó la Ley Fintech, en la cual se esperaba una regulación para criptomonedas pero más que nada fue una ley llena de restricciones, fundamentalmente señala que el Banco de México deberá hacer una lista de activos virtuales con el cual podemos tener actividades (a la fecha no existe) y actividades autorizadas para poder usarlas (tampoco existe).

Otra ley que habla sobre las criptomonedas es la ley anti lavado, en estas se señala la obligación de las Exchangers de identificar y dar aviso a hacienda de los usuarios que realizan actividades a partir de 645 uma Unidades de Medida de Actualización (aprox 57 pesos) en un plazo de 6 meses. De esta manera, se le da aviso al SAT que, a su vez, da un aviso a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para analizar la operación y pueda saber de dónde provienen los recursos.

A pesar del área gris que es la legislación en esta materia, si nos vamos directo al aumento del patrimonio este se debe de pagar, sea de donde venga.

Es muy importante saber en dónde estamos parados con nuestra actividad con criptoactivos, hay que entender que no por haber comprado barato y ahora el valor sea mayor ya estoy obligado a pagarlo, una cosa es la ganancia efectiva y otra es la ganancia devengada, es decir, estás obligado a pagar hasta el momento en que se haga efectiva la ganancia.

Algo que resultaría interesante sería el tratamiento de las deducciones en actividades como la minería de criptomonedas para la cual se requieren insumos como electricidad o hardware.

¿Puedo pagar los impuestos con criptomonedas?

No, la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 7 determina que las obligaciones (impuestos) deben pagarse mediante moneda nacional, así que estos no pueden pagarse mediante cripto, divisas, acciones, etc.

¿Bajo qué régimen tributo?

Suponiendo que estas en el escenario en el cual ya tienes ganancias el régimen a tributar que más se adapta es el de enajenación o adquisición de bienes.

Conclusiones

Las regulaciones han llegado tarde, evidentemente van muy atrasadas y ya hay otras necesidades. Pero, a pesar de que no exista una obligación como tal no debemos olvidar que las facultades de comprobación de la autoridad la facultan para requerir en cualquier momento que explique o pague impuestos sobre ingresos que detecte que no se le han declarado, se recomienda llevar una contabilidad y declaraciones al día.

Karina Hernández

La forma más común en la que la gente renuncia a su poder es pensando que no tienen ninguno. - Alice Walker

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